crlog12 (1)

La Evolución de los Creadores de Contenido y sus Implicaciones Fiscales en México

En el ajetreo de nuestra vida cotidiana, hemos presenciado la incorporación de nuevas actividades que, hasta hace unos pocos años, eran ajenas a nuestro entorno.

Un cambio significativo ha sido la influencia de las redes sociales, que se han convertido en una parte integral de la vida moderna.

Casi todos los poseedores de un teléfono inteligente cuentan con al menos una plataforma, como WhatsApp, que, a pesar de ser inicialmente una aplicación de mensajería, ha evolucionado para fomentar la interacción social de diversas formas.

Este avance ha dado lugar a nuevas profesiones y oportunidades de ingresos, siendo los creadores de contenido en redes sociales una de ellas.

Ya sea a través de YouTube, TikTok, Facebook, OnlyFans, Spotify, Twitch o Patreon, estas plataformas permiten a individuos expresar su creatividad y conectar con audiencias a nivel mundial.

Sin embargo, lo que muchos creadores de contenido no consideran es la implicación fiscal de sus actividades.

La Obligación Tributaria en México para Creadores de Contenido

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece claramente la obligación de contribuir al gasto público para todos los ciudadanos, incluidos los creadores de contenido.

Esto se traduce en que los ingresos generados deben ser objeto de declaración y pago de impuestos, de acuerdo con el Artículo 31, fracción IV.

Centrándonos en la generación de ingresos por plataformas como YouTube, TikTok, Facebook, OnlyFans, Spotify, Twitch o Patreon, es crucial entender que estos ingresos son considerados regalías y están sujetos a impuestos.

Plataformas como YouTube realizan retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) del 10%, pero esta tasa puede aumentar hasta el 24% si el creador no proporciona su información fiscal.

Fuentes de Ingresos y Obligaciones Fiscales en Plataformas Populares

YouTube:

  • Publicidad: Los ingresos provienen de anuncios colocados en los videos. YouTube retiene el ISR del 10%.
  • Membresías del Canal: Los suscriptores pagan para recibir beneficios exclusivos.
  • Venta de Productos: Los creadores pueden vender mercancía oficial.
  • Calcomanías: Se pueden vender para resaltar comentarios en el chat.
  • YouTube Premium: Los creadores reciben una parte de la cuota de suscriptores.

TikTok:

  • Publicidad: Ingresos por el número de vistas en videos.
  • Regalos en Transmisiones en Vivo: Los seguidores pueden dar regalos convertibles en dinero real.
  • Venta de Productos: A través de TikTok Shop.
  • Comisiones por Marketing de Afiliados: Promoción de productos o servicios de otras marcas.
  • Patrocinios: Colaboraciones con marcas para publicidad directa.
  • TikTok Series: Venta de contenido exclusivo.

Facebook:

  • Publicidad Indirecta: Los creadores obtienen ingresos basados en el contenido de video.
  • Suscripciones y Membresías: Los seguidores pagan para obtener beneficios exclusivos.
  • Venta de Productos: Se pueden ofrecer productos oficiales en el perfil.
  • Eventos de Pago Online: Los usuarios compran artículos en eventos en vivo.
  • Estrellas: Los seguidores pueden dar estrellas como donativos.

OnlyFans:

  • Contenido Exclusivo: Creadores comparten fotos, videos y mensajes exclusivos.
  • Suscripciones Mensuales: Los seguidores pagan tarifas de suscripción.
  • Pagos Adicionales: Creadores ofrecen contenido adicional por pagos extra.

Spotify:

  • Reproducciones de Contenido Auditivo: Los ingresos se basan en el número de reproducciones.
  • Perfil de Creador: Necesario para revisar estadísticas y recibir regalías.

Twitch o Patreon:

  • Donaciones: Creadores reciben donativos por contenido gratuito.
  • Publicidad Directa: Colaboraciones con marcas para publicidad directa.

Consideraciones Fiscales Específicas:

  • ISR: Las retenciones varían según la plataforma y país de origen.
  • IVA: Puede aplicarse sobre ingresos que no están exentos.
  • Límites de Exención: Los donativos pueden tener límites de exención para ISR.
  • Registro de Obras: Permite la exención de IVA en algunos casos.

Conclusión:

Cada plataforma tiene sus propias reglas y requisitos, pero la constante es la obligación de cumplir con las responsabilidades fiscales.

La evolución del panorama digital ha generado nuevas formas de ingresos, pero también ha hecho más complejas las obligaciones tributarias para los creadores de contenido.

Es esencial comprender las implicaciones fiscales, buscar asesoramiento profesional de un abogado en derecho fiscal y cumplir con las obligaciones para evitar consecuencias legales en el futuro.

La creatividad puede florecer en el mundo digital, pero la responsabilidad fiscal es una constante que no debe pasarse por alto.

Agenda una Asesoría

Correo

hola@firmavr.com

Emergencias

95554668656

Horario de atención

Lun-Dom 24 hrs

Comparte en tus redes sociales